Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://hdl.handle.net/10495/14929
Título : Análisis de la política pública del mínimo vital de agua potable como derecho fundamental en Colombia
Autor : Calderón Núñez, Angélica Katherine
metadata.dc.contributor.advisor: Gil Acosta, Faber Esteban
metadata.dc.subject.*: Población
Population
Agua potable
Drinking water
Políticas públicas
Public policies
Derecho al agua
Right to water
Impacto ambiental
Environmental impact
Impacto económico
Economic impact
Abastecimiento de agua
Water supply
Colombia
Derecho al mínimo vital
http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_10463
http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_c76a4cba
http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_eb68aec7
http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_24420
http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_547fe3a0
http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_8328
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept428
Fecha de publicación : 2020
Resumen : RESUMEN: En un principio las normas internacionales no contemplaron el agua como un derecho, tras años de lucha de la población mundial por posicionar el derecho del agua, en 1996 la Asamblea General de las Naciones Unidas adopto el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales para reconocer que las necesidades básicas del hombre son derechos fundamentales. Según la Constitución Política de Colombia, el acceso al agua potable tiene la connotación de derecho, pero el Estado lo ha asumido como derecho en el marco de los servicios públicos domiciliarios. El derecho al agua en Colombia se ha desarrollado en una línea jurisprudencial desde 1993 hasta la fecha, en la que se ha desarrollado de igual manera el concepto de mínimo vital de agua. El cambio jurisprudencial por posicionar el agua como derecho en Colombia fue impulsado por el Referendo al Agua que buscaba reformar la Constitución de 1991 para consagrar el acceso al agua potable como un derecho humano fundamental y un mínimo vital de agua gratuito para todos los colombianos. Desde la puesta en marcha de la Ley 142 de 1994 el consumo básico de agua en Colombia se mantuvo en 20m3/mensuales/suscriptor, con la aplicación de la Resolución CRA 750 de 2016 el consumo básico de agua se reduce de manera progresiva de acuerdo con los pisos térmicos. El consumo básico de agua es subsidiado en la tarifa para los estratos 1, 2 y 3, consumo no equiparable con el mínimo vital de agua gratuito. El mínimo vital de agua gratuito es una iniciativa de los entes territoriales para ampliar el acceso al agua potable para la población vulnerable. La medida ha sido implementada en ciudades como Bogotá, Medellín, Bucaramanga, Manizales, Cali y Pereira con cantidades de agua de 2.5m3, 5 m3 y 6 m3/mensuales/suscriptor. Implementándose la medida del mínimo vital de agua se han generado impactos económicos, sociales y ambientales. La presente monografía tiene por objeto analizar los efectos de la implementación de la política pública del mínimo vital de agua potable como derecho fundamental en Colombia. El alcance de cada uno de los objetivos dependerá de la búsqueda de información en base de datos, la información base se fortalecerá con la aplicación de la entrevista a Juan Manuel Flechas. Con relación a la emergencia sanitaria por el Covid-19 en el país, se identifica que las medidas para los servicios públicos de acueducto no contemplan la aplicación del mínimo vital de agua a todos los colombianos. Han sido años de lucha de los colombianos por lograr el reconocimiento del derecho al agua y a un mínimo vital de agua como derechos humanos y fundamentales mediante movimientos sociales e interposición de acciones de tutela, acciones que han permitido que la Corte Constitucional reconozca el derecho humano y fundamental al agua potable y al mínimo vital de agua en condiciones equitativas y dignas establecidas por organismos mundiales como la Organización Mundial de la Salud-OMS, resaltando que el derecho al agua a todos los colombianos es prioridad y responsabilidad de actores del orden nacional, departamental y municipal. Sin embargo, la aplicación del derecho al agua potable no es equitativo en el país, y la medida del mínimo vital en el marco de los servicios públicos domiciliarios se aplica de manera focalizada en las poblaciones vulnerables del país, quedando personas desprotegidas por esta medida. Se concluye con esto, que existen aún vacíos normativos en el país para la aplicación efectiva del derecho humano al agua.
Aparece en las colecciones: Especializaciones de la Facultad de Ingeniería

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