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Título : La reconexión y la no suspensión del servicio público de acueducto desde la óptica de la corte constitucional
Autor : Vanegas Cardona, Julian David
metadata.dc.contributor.advisor: Sierra Sorockinas, David
Zapata Jaramillo, Walter
metadata.dc.subject.*: Servicios públicos domiciliarios
Intervención estatal
State intervention
Corte Constitucional
Constitutional Courts
Empresas de servicios públicos domiciliarios
Sujetos de especial protección
Desconexión de servicios públicos domiciliarios
http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_24951
http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_1097ca42
Fecha de publicación : 2022
Resumen : RESUMEN: En el presente artículo se realiza un estudio sobre la reconexión y la no suspensión del servicio público domiciliario de acueducto desde la intervención judicial de la Corte Constitucional. Inicialmente se define el concepto de servicio público domiciliario de acueducto y se establece cuál ha sido la regulación normativa de dicho servicio en términos de instalación, suspensión, reconexión y costos, en el marco de la Ley 142 de 1994. Seguidamente, se aborda el tema de la intervención judicial del Estado en materia del servicio público domiciliario de acueducto. Para esto se precisa, i) qué se entiende por constitucionalismo, ii) qué se entiende por Estado Social de Derecho y, por último, iii) que se entiende por “intervención judicial”. Una vez clarificados estos conceptos, se evidencia la importancia que tiene la intervención judicial del Estado sobre la reconexión y la no suspensión del servicio público domiciliario de acueducto en garantía de los derechos fundamentales. Continuando con las posturas asumidas por la Corte Constitucional en materia de reconexión y no suspensión del servicio público de acueducto, se realiza una síntesis de la jurisprudencia trayendo a colación algunas de las sentencias donde se desarrollan temas como el derecho al agua, el mínimo vital y los sujetos de especial protección. Se concluye, conforme a las sentencias relacionadas, cuáles han sido las reglas fijadas por la Corte Constitucional en desarrollo de la relación entre la entidad prestadora del servicio público de acueducto, los usuarios y el Estado, destacando que el intervencionismo del Estado por vía judicial, en este caso ejercido por parte de la Corte Constitucional, salvaguardan los derechos fundamentales de las personas consideradas como sujetos de especial protección en el marco del Estado Social de Derecho.
Aparece en las colecciones: Especializaciones de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

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